miércoles, 19 de febrero de 2025

Aprobó Comisión de Justicia del Congreso de Guerrero reformas para aumentar penas al delito de pornografía infantil

Chilpancingo, Guerrero, 19 de febrero de 2025.- La Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Guerrero aprobó por unanimidad este miércoles el dictamen con proyecto de decreto que reforma el último párrafo y adiciona un nuevo párrafo al artículo 173 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 499.
Esta reforma, presentada por la diputada Diana Bernabé Vega, tiene como objetivo fortalecer el marco legal para combatir y erradicar la pornografía infantil en la entidad, estableciendo penas más severas para quienes cometan este delito que vulnera de manera profunda los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La reforma aprobada establece que quienes cometan delitos relacionados con la pornografía infantil enfrentarán penas más severas. Para los infractores que incurran en las conductas descritas en las fracciones I y II del artículo 173, se impondrá una pena de 12 a 16 años de prisión y una multa de 1,200 a 1,600 días.
Estas conductas incluyen procurar, facilitar, grabar, fotografiar o filmar a personas menores de edad en actos de índole sexual o de exhibicionismo corporal, ya sean reales o simulados.
Por otro lado, quienes incurran en las conductas establecidas en las fracciones III y IV del mismo artículo, tales como la comercialización, distribución, venta, compra, renta, exposición, transmisión, importación o exportación de material pornográfico infantil, enfrentarán una pena de 14 a 18 años de prisión y una multa de 1,400 a 1,800 días.
En todos los casos se decomisarán los instrumentos utilizados para la comisión del delito, con el fin de desmantelar las redes de producción y distribución.
De manera adicional, la reforma contempla un aumento de las penas hasta en una mitad, en su mínimo y máximo, si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana. Esta disposición reconoce la vulnerabilidad de estos sectores, quienes históricamente han enfrentado situaciones de discriminación y desprotección.
El dictamen será turnado al pleno de la 64 Legislatura para su respectiva discusión y votación, donde se espera un respaldo mayoritario de las y los diputados.
Durante la sesión de la Comisión, se subrayó que el aumento de las penas se encuentra dentro de la media nacional, ya que varios estados de la República han reformado sus legislaciones locales para imponer sanciones más estrictas por este delito. Con ello, Guerrero se alinea con las mejores prácticas legislativas del país, garantizando que los infractores enfrenten consecuencias acordes con la gravedad del daño que ocasionan.
Los integrantes de la Comisión coincidieron en que esta reforma no impone sanciones desproporcionadas ni inhumanas, sino que pondera los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes a una vida libre de violencia y explotación sexual.
La protección integral de la infancia, afirmaron, es una obligación ineludible para cualquier sociedad que aspire a ser justa y respetuosa de la dignidad humana. Con la aprobación de este dictamen, se envía un mensaje contundente de que en Guerrero no se tolerarán crímenes que atenten contra la niñez.
Esta reforma busca cumplir con los compromisos internacionales asumidos por México, tales como la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, prostitución infantil y utilización de niños en la pornografía.
Procesos judiciales largos y complejos, así como la revictimización de niñas y niños durante las investigaciones, llevan a que muchas víctimas y sus familias opten por desistir de las denuncias. Por ello, aumentar las penas es un mensaje claro de que en Guerrero se sancionarán con rigor estos delitos, al tiempo que se promueve un sistema de justicia sensible a las necesidades y derechos de las infancias.
Asistieron a la sesión el diputado Carlos Eduardo Bello Solano, presidente; Luissana Ramos Pineda, vocal, Alejandro Bravo Abarca, vocal y Jorge Iván Ortega Jiménez, vocal.